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Arganza Vidal & Asociados
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Internacional

La dimensión transfronteriza de la inversión y del contrato.

Buena parte de nuestros clientes tiene intereses a ambos lados de una frontera: un residente extranjero con patrimonio en España, o una empresa española que invierte fuera. Ahí la pregunta no es qué dice una ley, sino cuál de las dos se aplica y cómo se evita tributar dos veces por lo mismo.

Materias que abarca
  • Planificación fiscal de las inversiones españolas en el exterior
  • Planificación fiscal de las inversiones extranjeras en España
  • Contratación internacional
  • Derecho societario internacional
  • Inversiones extranjeras y control de cambios
  • Aplicación de los convenios de doble imposición
Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

  • Soy extranjero y quiero invertir o comprar una propiedad en España, ¿qué necesito?

    Lo primero, el NIE, el número de identidad de extranjero, imprescindible para firmar ante notario, abrir una cuenta y pagar impuestos. Después conviene decidir si se compra a título personal o a través de una sociedad, porque cambia la fiscalidad de la tenencia, del alquiler y de una venta futura. Acompañamos todo el proceso.

  • ¿Qué es un convenio de doble imposición?

    Un tratado entre dos países que decide cuál de ellos puede gravar cada renta —salarios, alquileres, dividendos, ganancias— y cómo se evita pagar dos veces por lo mismo, normalmente con una deducción en el país de residencia. España tiene convenios con la mayoría de los países de su entorno. Aplicarlo bien exige acreditar la residencia fiscal con un certificado del país de origen.

  • ¿Dónde tributo si vivo entre España y otro país?

    Por lo general se es residente fiscal en España si se pasan aquí más de 183 días del año natural, o si aquí está el núcleo principal de los intereses económicos o la familia. El residente tributa en España por su renta mundial. Cuando los dos países lo consideran residente, el convenio decide con sus criterios de desempate. Es una situación frecuente en el entorno de Sotogrande y Gibraltar, y conviene resolverla antes de que la plantee Hacienda.

  • ¿Puede una sociedad extranjera comprar una empresa española?

    Sí. La inversión extranjera en España es libre con carácter general, aunque debe declararse al Registro de Inversiones y, en sectores estratégicos o para inversores de fuera de la Unión Europea que superen ciertos umbrales, requiere autorización previa. Nos ocupamos de la revisión de la empresa, de la estructura de la operación, de las autorizaciones y de la integración posterior.

¿Su caso encaja aquí?

Expóngannos brevemente su situación y le indicaremos el modo de proceder, sin compromiso por su parte.