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Arganza Vidal & Asociados
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IVÁreas de actuación

Mercantil

La vida de la sociedad, desde su constitución hasta la reestructuración o el concurso.

Acompañamos a la sociedad durante todo su ciclo: constitución, pactos entre socios, contratos con terceros, crecimiento por adquisición o fusión y, si llega el caso, reestructuración o concurso. También el relevo generacional en la empresa familiar, que rara vez es solo una cuestión jurídica.

Materias que abarca
  • Derecho societario: asesoría y operaciones mercantiles
  • Adquisición y transmisión de empresas y activos
  • Reestructuración societaria: fusiones y escisiones
  • Contratación mercantil y civil
  • Empresa familiar: acuerdos de gestión, sucesión y protocolo familiar
  • Derecho de seguros, bancario y del mercado de valores
  • Derecho de la competencia
  • Propiedad industrial e intelectual
  • Protección de datos, nuevas tecnologías, comercio electrónico e internet
  • Derecho procesal y arbitraje nacional e internacional
  • Derecho concursal
  • Auditorías legales y due diligence
Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos

  • ¿Qué tipo de sociedad me conviene para empezar un negocio?

    Para la mayoría de los negocios, la sociedad limitada: limita la responsabilidad de los socios a lo aportado y hoy puede constituirse con un capital mínimo de un euro, aunque con cautelas mientras no alcance los 3.000 €. La sociedad anónima tiene sentido para proyectos con muchos inversores o con intención de cotizar. Antes de elegir conviene decidir cómo se reparten el control y los beneficios, y qué ocurre si un socio quiere salir.

  • ¿Para qué sirve un pacto de socios?

    Para regular lo que los estatutos no dicen o no conviene hacer público: cómo se toman las decisiones importantes, qué ocurre si un socio quiere vender o fallece, cómo se resuelven los bloqueos y qué no puede hacer cada socio por su cuenta. Se firma al entrar en la sociedad, cuando todos están de acuerdo, precisamente para no tener que negociarlo cuando ya no lo están.

  • ¿Qué es un protocolo familiar?

    Es el acuerdo con el que una familia empresaria ordena la relación entre la familia y la empresa: quién puede trabajar en ella y en qué condiciones, cómo se elige a quien la dirige, cómo se transmiten las participaciones y cómo se prepara el relevo generacional. Bien hecho, previene los conflictos que más empresas familiares cierran, y se coordina con los testamentos y con la planificación fiscal de la sucesión.

  • Mi empresa tiene problemas para pagar a sus acreedores, ¿qué opciones hay?

    Cuanto antes se actúe, más opciones hay. La ley permite negociar con los acreedores un plan de reestructuración antes de llegar al concurso, y el concurso, si llega, busca un convenio o una liquidación ordenada. El administrador tiene además el deber de solicitar el concurso en plazo cuando la sociedad es insolvente, y no hacerlo puede acarrearle responsabilidad personal. Analizamos la situación y proponemos la vía que protege mejor a la empresa y a quien la dirige.

¿Su caso encaja aquí?

Expóngannos brevemente su situación y le indicaremos el modo de proceder, sin compromiso por su parte.